Este miércoles la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional dará continuidad a la audiencia en la que el Ministerio Público busca que se anule la sentencia absolutoria otorgada en marzo del 2023 a Luis Maisichell Dicent, exdirector de laLotería Nacional.
Para el día de hoy, a partir de las 10:30AM, se prevé que la defensa de Dicent responda a la solicitud del órgano persecutor.
El MP sostiene que Dicent, señalado como la cabeza de la Operación 13, debe ser condenado a 12 años de prisión por entender que la sentencia fue errónea en cuanto a la valoración de las pruebas.
Sobre la Operación 13
El grupo que compone la Operación 13 fue enjuiciado por perpetrar el fraude mediante el sorteo de quinielas fraudulento, celebrado el 1 de mayo de 2021, en perjuicio de la Lotería Nacional y las bancas de apuestas, con un monto que asciende a más de 500 millones de pesos.
El Ministerio Público apeló el descargo que se dio en primer grado sobre Luis Maisichel Dicent. Asimismo, persigue corregir esa valoración errónea de la prueba y por ende que se anule la decisión del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, ya que asegura, las pruebas presentadas por el Ministerio Público demuestran la culpabilidad de cada uno de los acusados en este caso.
En primer grado fueron condenados William Lisandro Rosario a siete años de prisión, y Eladio Batista a seis años, ambos deberán cumplirla en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, de San Cristóbal.
En tanto que Valentina Rosario, Jonathan Brea, Carlos Beriguete y Felipe Santiago Toribio, quienes admitieron los hechos, fueron condenados a cinco años de reclusión cada uno, tres en los CCR Najayo Mujeres y Najayo Hombres, en San Cristóbal, y dos suspendidos.
Miguel Mejía y Rafael Mesa fueron sentenciados a cinco años en la modalidad de pena suspendida.
Mientras que fueron absueltos y se dispuso el cese de la medida de coerción respecto al exadministrador de la Lotería Nacional, Luis Maisichel Dicent, y Edison Peralta, luego de que el tribunal acogiera de manera parcial la solicitud del Ministerio Público, decisión que está siendo apelada por el órgano persecutor del delito.
El tribunal dictó la sentencia condenatoria por violación a varios artículos del Código Penal Dominicano, que sancionan la asociación de malhechores, coalición de funcionarios y prevaricación y la violación a la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
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